Paris Adot

De ahora y siempre
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Fisterrán
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Re: Paris Adot

Mensaje por Fisterrán » Viernes 30 de Junio de 2023, 19:14

Tristan escribió:
Viernes 30 de Junio de 2023, 18:38
Fisterrán escribió:
Viernes 30 de Junio de 2023, 18:36
Tristan escribió:
Viernes 30 de Junio de 2023, 18:33
Fisterrán escribió:
Viernes 30 de Junio de 2023, 18:31
De onde sacades que o Deportivo pagou traspaso?


Que siempre las abona el jugador, pero quién paga también es siempre el club destino.
Non a abona case nunca o xogador.
El trámite de abonar, obligatoriamente siempre lo realiza el jugador. Otro tema es quién se hace cargo verdaderamente de este gasto.
Sempre paga o club comprador e así o anuncian, como o Barça con Griezmann, "el club ha ejecutado la cláusula bla bla bla".

O que di o noso club:

"Paris Alejandro Adot Barandiaran (Pamplona, Navarra, 26 de febrero de 1990) es el primer fichaje del Dépor 2023-24, con el que ha firmado para los dos próximos cursos."

O que di a Ponferradina:

"El jugador Paris Adot ha abonado la cláusula de rescisión del contrato que le vinculaba con la SD Ponferradina SAD para la próxima temporada. De esta forma, termina su ciclo en el club, al que ha pertenecido dos campañas."

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derop
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Re: Paris Adot

Mensaje por derop » Viernes 30 de Junio de 2023, 19:21

Llevándonos a las estrellas de los rivales directos a golpe de cláusulas. ESO es lo que debería haber sido el Dépor en esta categoría ya desde el primer año, y más aún perteneciendo a un gigante como Abanca.

Mucho tardaron en darse cuenta pero al fin actuamos como lo que somos: el ultra millonario de la categoría.

tarrancha
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Re: Paris Adot

Mensaje por tarrancha » Viernes 30 de Junio de 2023, 19:25

derop escribió:
Viernes 30 de Junio de 2023, 19:21
Llevándonos a las estrellas de los rivales directos a golpe de cláusulas. ESO es lo que debería haber sido el Dépor en esta categoría ya desde el primer año, y más aún perteneciendo a un gigante como Abanca.

Mucho tardaron en darse cuenta pero al fin actuamos como lo que somos: el ultra millonario de la categoría.
Y lo vamos a hacer este año que hay control económico :ouch:

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Marcos
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Re: Paris Adot

Mensaje por Marcos » Viernes 30 de Junio de 2023, 20:38

Para mi nos llevamos un lateral de parte baja de primera.A mi me hablan maravillas de el.Mucha clase.

ecp_mjb
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Re: Paris Adot

Mensaje por ecp_mjb » Viernes 30 de Junio de 2023, 21:34

Alguna vez lo vi jugar y no era nada malo. Ahora hay que ver cómo está físicamente.

En cualquier caso si estamos pagando por un lateral derecho, o bien el club tiene 100% claro que Trilli no sigue o....... ya se pueden ir todos, porque si fichan a un claro titular para el puesto de Trilli no quiero ni pensar lo que harán para los puestos de Barcia, Yeremai y demás por llegar.

Yo soy de los que no apostaba ni un euro por la continuidad de Trilli, así que desgraciadamente tengo que "confiar" en que estén fichando ante la huida de Trilli. Lo contrario es la muerte.

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Cavani7
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Re: Paris Adot

Mensaje por Cavani7 » Viernes 30 de Junio de 2023, 21:45

Mejor fichar a uno de la parte baja de 1 reff para que juegue trilli, donde va a parar

Edinho
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Re: Paris Adot

Mensaje por Edinho » Viernes 30 de Junio de 2023, 21:50

Cavani7 escribió:
Viernes 30 de Junio de 2023, 21:45
Mejor fichar a uno de la parte baja de 1 reff para que juegue trilli, donde va a parar
No. La cuestión es que ambos partan desde 0 y no que Paris parta como titular indiscutible desde el inicio.

ecp_mjb
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Re: Paris Adot

Mensaje por ecp_mjb » Viernes 30 de Junio de 2023, 21:53

Cuando se paga una cláusula de rescisión por un jugador es porque consideran que en esa posición no tenemos nada. Si tienes a un jugador de nivel no gastas dinero en otro. Bastante más falta hará el dinero para central, mediocentro, extremo y delantero.

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JGarcia
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Re: Paris Adot

Mensaje por JGarcia » Viernes 30 de Junio de 2023, 22:11

Se paga porque Trilli no es un jugador fiable, y no hablo de su nivel.

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Fisterrán
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Re: Paris Adot

Mensaje por Fisterrán » Viernes 30 de Junio de 2023, 23:57

Aqui no valia escribió:
Viernes 30 de Junio de 2023, 22:47
un club comprador no puede abonar la cláusula porque es una cláusula de rescisión. y rescindir un contrato es algo que solo pueden hacer los firmantes, no un tercero. otra cosa es que ese tercero abone al jugador un importe equivalente como prima de fichaje, que al final es lo mismo, pero la clausula de rescision solo puede pagarla un firmante, es de cajon
Si que pode.

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Ou2
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Re: Paris Adot

Mensaje por Ou2 » Sábado 01 de Julio de 2023, 0:09

Aqui no valia escribió:
Sábado 01 de Julio de 2023, 0:04
si me explicas como puede rescindir un contrato alguien que no lo ha firmado, me acuesto sabiendo algo nuevo
Te lo explico:

Desde siempre, los clubes tienen un acuerdo tácito de que si un equipo quiere a tu jugador y está dispuesto a pagar el equivalente a la cláusula de rescisión, se acepta esa cantidad y se evita que el jugador tenga que ir a la liga a pagar ese dinero porque si no, cuando el comprador se la abonase al jugador tendría que tributar por IRPF, hoy por ti, mañana por mi.


Evidentemente, y ya sabemos que eres muy listo, el depor no puede ejecutar la rescisión de contrato de Paris, porque es un contrato bilateral y solo pueden romperlo las partes. Si quieres ir a la exactitud, enhorabuena, tienes la razón

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Re: Paris Adot

Mensaje por Ou2 » Sábado 01 de Julio de 2023, 0:13

No te confundas, a mi ofender, solo me ofende la gestión del depor :lol:

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Fisterrán
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Re: Paris Adot

Mensaje por Fisterrán » Sábado 01 de Julio de 2023, 0:36

Aqui no valia escribió:
Sábado 01 de Julio de 2023, 0:04
si me explicas como puede rescindir un contrato alguien que no lo ha firmado, me acuesto sabiendo algo nuevo
Bueno carallo. Rescinde o xogador e paga o club, non ten que ir o xogador cos seus cartos, non se paga nin IVA nin IRPF nin nada.

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Re: Paris Adot

Mensaje por ecp_mjb » Sábado 01 de Julio de 2023, 0:54

No.
Si no hay contrato entre los clubes el único que puede pagar es el jugador. Y aunque el dinero saliese directamente de una cuenta del Depor, lo cual sería posible, quien paga es el jugador, que tendrá que pagar irpf por ese dinero, aunque ni lo haya tocado.
Y si hay acuerdo entre los clubes, hay que pagar IVA.
Por las noticias que se publican parece claro que ha ocurrido lo primero.

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Fisterrán
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Re: Paris Adot

Mensaje por Fisterrán » Sábado 01 de Julio de 2023, 1:15

ecp_mjb escribió:
Sábado 01 de Julio de 2023, 0:54
No.
Si no hay contrato entre los clubes el único que puede pagar es el jugador. Y aunque el dinero saliese directamente de una cuenta del Depor, lo cual sería posible, quien paga es el jugador, que tendrá que pagar irpf por ese dinero, aunque ni lo haya tocado.
Y si hay acuerdo entre los clubes, hay que pagar IVA.
Por las noticias que se publican parece claro que ha ocurrido lo primero.
Bueno, non me fagas caso a min. Faille caso a iusport.

Repercusiones fiscales de la rescisión

A) Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas

Ya dijimos que la rescisión admite dos modalidades:

1ª modalidad (la indemnización la satisface el jugador con fondos propios): existe en el jugador una pérdida patrimonial por tratarse del pago de una indemnización (al no derivar de ninguna transmisión se integra en la base general del IRPF)

El supuesto es poco probable pero teóricamente posible

2ª modalidad (la indemnización la satisface el jugador con fondos de un tercero)

Existen dos hechos impositivos:

- el pago de la indemnización por el jugador al club de origen: pérdida patrimonial para el jugador

- el pago hecho por un tercero (club de destino u otro) al jugador para que éste le pague la indemnización al club de origen

En el caso de que el tercero que anticipa los fondos al jugador no sea el club de destino sino persona diferente (p.j.: el intermediario) habrá que examinar la naturaleza del negocio jurídico en base al cual se produjo las transferencia de fondos. Lo más probables es que se trate de un préstamo pero también podría tratarse de una liberalidad

Dicho esto nos adentramos en el supuesto más frecuente de que sea el club de destino el que en último término satisfaga la "cláusula de rescisión". En este punto existe un hito temporal trascendental como es la Consulta Vinculante de la DGT de 18 de julio de 2016

Hasta la indicada Consulta se consideraba que el pago recibido por el jugador era un mayor rendimiento de trabajo obtenido del club de destino y quedaba sujeto al I.R.P.F. del jugador como tal. La consecuencia inmediata de ello era que tributaba, quedando por tanto sujeto a retención, amén de quedar sujeto a los pagos ordinarios de Seguridad Social

El club de destino, por tanto, tenía que practicar la oportuna retención para su ingreso a cuenta del I.R.P.F. del jugador y, una vez practicada ésta, el neto debía coincidir con la cantidad a satisfacer como "cláusula de rescisión". ES decir, la operación se encarecía para el club de destino y para el propio jugador:

- para el club de destino porque terminaba satisfaciendo unas cantidades brutas resultantes de sumar al importe de la "cláusula de rescisión" la retención practicada al jugador por I.R.P.F.

- y para el propio jugador porque recordemos que nos encontramos ante un impuesto con tarifa progresiva y, al considerar el importe de la cláusula como más salario, aumentaba la tarifa a aplicar también para el salario extra cláusula

La Consulta vinculante de la DGT rompe con la situación anterior al entender que el pago realizado por el club de destino al jugador (para que éste pague al club de origen) no responde a una finalidad remuneratoria derivada de una relación laboral presente o futura ni, por tanto, tiene el carácter de rendimiento del trabajo, sino que se trata del pago de una cantidad necesaria para que el club pueda adquirir un activo como son los derechos federativos sobre el jugador, lo que determina que dicho pago deba calificarse como una ganancia patrimonial a integrar en la base imponible del IRPF

Por tanto en el jugador se concentran una ganancia patrimonial (dinero recibido por el club de destino) y una pérdida patrimonial (pago al club de origen) por el mismo importe que neutralizan el impacto de la rescisión en el I.R.P.F. del jugador

Este cambio de criterio nos obliga a detenernos muy brevemente en sus consecuencias prácticas

Hasta la Consulta Vinculante al club de destino le resultaba económicamente más ventajoso acudir a la figura del traspaso si bien el régimen fiscal aplicable fortalecía considerablemente la posición del club de origen que podía subir el importe de la indemnización a percibir por el traspaso a cantidades muy superiores a la pactada como cláusula de rescisión. Recordemos que , de situarse el importe del traspaso en cantidad inferior al importe de la cláusula más la retención por I.R.P.F., siempre sería más barato el traspaso

Con el régimen fiscal establecido por la Consulta Vinculante , y utilizando términos pugilísticos, se igualan las fuerzas. Al configurarse el pago del club de destino al jugador como ganancia patrimonial y no como rendimiento del trabajo, no existe retención por I.R.P.F. (ni pagos a Seguridad Social)

https://iusport.com/art/103875/movimien ... y-traspaso

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