LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

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nespe
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por nespe » Martes 31 de Enero de 2023, 13:14

Veña Tebas, solta os cans de iusport a ladrar no twitter


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Tizón
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Tizón » Martes 31 de Enero de 2023, 13:32

Lo que está haciendo con el Barcelona es acojonante. Con el Madrid no puede porque sus cuentas son sólidas, pero después de todo lo que permitió a Bartomeu, las piedras que les está poniendo son muy cantosas. Hasta cambió las reglas de juego en medio de la temporada, así como si nada.

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Rifle
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Rifle » Miércoles 01 de Febrero de 2023, 18:10

Cojonudo... lo firma Manu Sáinz así que habrá que cogerlo con pinzas.

https://as.com/futbol/mas_futbol/la-pri ... -crisis-n/

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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Andretua » Miércoles 01 de Febrero de 2023, 19:47

Estando por el medio, acabará con la peor de las opciones posibles para nuestros intereses

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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por nespe » Miércoles 01 de Febrero de 2023, 19:59

Pois eu creo que é unha medida da RFEF para amedrentar os clubes

Rubiales: Ou me deixades xogar de dianteiro palomero ou me levo o balón que é meu

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Ou2
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Ou2 » Miércoles 01 de Febrero de 2023, 21:06

El del Linares dijo que cada club palmaba 1'5 kilos al año

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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Tizón » Jueves 02 de Febrero de 2023, 8:50

Hablan incluso de hasta 5 o 6 grupos.

Madre mía, o ascendemos este año o no subimos en la vida.

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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por NoGarD » Jueves 02 de Febrero de 2023, 11:13

Se largaran a todos os filiais e fixeran un grupo, ben que ía molar a división.

Enviado desde mi HD1913 mediante Tapatalk


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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Ou2 » Jueves 02 de Febrero de 2023, 11:22

Y ojo, que al Fabril también le pueden hacer una putada gorda. Ya le bajaron una categoría por la cara y aunque ascienda puede verse en otra cacicada.

Como decís por ahí, más nos vale ascender este año (primer equipo) o no salimos más de esta basura

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JGarcia
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por JGarcia » Jueves 02 de Febrero de 2023, 11:26

Yo no haría mucho caso al rumor, es la historia de siempre en esta categoría y Rubiales amenazando. Además, según he leído es imposible cambiarla para la temporada que viene.

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migui
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por migui » Jueves 02 de Febrero de 2023, 11:38

Pulsito de Rubiales aos dezaoito equipos que lle andan buscando as cóxegas.
Con todo a categoría está claro que tal é como está montada é unha bazofia e nalgún momento vai reventar todo

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Fisterrán
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Fisterrán » Jueves 02 de Febrero de 2023, 11:39

Ou2 escribió:
Jueves 02 de Febrero de 2023, 11:22
Y ojo, que al Fabril también le pueden hacer una putada gorda. Ya le bajaron una categoría por la cara y aunque ascienda puede verse en otra cacicada.

Como decís por ahí, más nos vale ascender este año (primer equipo) o no salimos más de esta basura
Baixou unha categoría porque quedou a 16 puntos do Bergantiños en 22 partidos. Se volvemos ó sistema anterior recuperaría esa categoría, non?

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Gus
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Gus » Jueves 02 de Febrero de 2023, 14:37

están hablando de que no habrá descensos este mismo año, es decir por lo menos 10 equipos ya dejándose ir

se puede cambiar las condiciones en plena temporada?

madre mía, si esto va para delante es como un descenso, otra vez contra el Coruxo y el Marino de Luanco


es pavoroso

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vicante
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por vicante » Jueves 02 de Febrero de 2023, 14:51

Pero cal e o problema? Que reduzcan os requisitos economicos/fichas a como era en segunda b e listo. Non creo que os gastos por desplazamentos sexan moito maiores.

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Fisterrán
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Re: LFP, RFEF, CSD, FGF, AFE, etc.

Mensaje por Fisterrán » Jueves 02 de Febrero de 2023, 15:41

vicante escribió:
Jueves 02 de Febrero de 2023, 14:51
Pero cal e o problema? Que reduzcan os requisitos economicos/fichas a como era en segunda b e listo. Non creo que os gastos por desplazamentos sexan moito maiores.
Que requisitos económicos? O que non queira cumplir os requisitos mínimos que vaia para 2ª Federación. Se non hai 40 equipos que queiran cumplilos que rebaixen o número de participantes a 36 ou a 32, ou a grupo único cos que queden.

Non son para tanto os requisitos.

TERCERA. INSCRIPCIÓN DE LOS EQUIPOS EN LA COMPETICIÓN.

1. [...]

2. Son requisitos comunes a la inscripción de todos los equipos de todos los clubes de ámbito estatal en una categoría determinada los siguientes:
Spoiler:
a) Presentar la solicitud de inscripción según modelo normalizado dentro del plazo habilitado cada temporada para ello.

b) Estar, en el momento de la inscripción, al corriente de pago de todas las obligaciones económicas con la RFEF y/o las Federaciones de ámbito autonómico derivadas de la temporada anterior y de todos y cada uno de sus equipos participantes en competiciones oficiales.

c) No estar sujeto a una sanción disciplinaria que impida al equipo disputar la competición en la nueva emporada en la categoría en la que se pretende inscribir.

d) Estar debidamente afiliado a la RFEF y cumplir con todos los requisitos de dicha afiliación en el momento de la inscripción.

e) Haber informado a la RFEF, en el momento de la inscripción, de como mínimo, los siguientes datos actualizados:

- Copia del registro actualizado (fecha del año en curso) de los miembros de la Junta Directiva o Consejo de Administración que figuran en el Registro de entidades deportivas correspondiente, con descripción de los cargos que ocupan cada uno de ellos.

- Copia del registro actualizado (con fecha del año en curso) de los Estatutos de la Entidad.

- Dirección postal oficial del club, número de teléfono y dirección de correo de contacto de, como mínimo, una persona responsable y con poderes suficientes dentro del club.

Dicho requisito no será necesario si no hubiere existido ninguna modificación en relación con los datos aportados al inicio de la temporada anterior. A estos efectos, el/la Secretario/a General, con el visto bueno del/de la Presidente/a presentará certificado en el que se hará constar que no se ha producido variación alguna desde el inicio de la temporada anterior.

f) Haber comunicado a la RFEF el terreno de juego principal, así como los alternativos, donde se disputarán los partidos oficiales del equipo que se inscribe y los campos de entrenamiento.

Dicho requisito no será necesario si no hubiere existido ninguna modificación en relación con los datos aportados al inicio de la temporada anterior. A estos efectos, el/la Secretario/a General, con el visto bueno del/de la Presidente/a presentará certificado en el que se hará constar que no se ha producido variación alguna desde el inicio de la temporada anterior.

g) Haber comunicado a la RFEF el compromiso de disponer del número mínimo de licencias de futbolistas, según las normas de competición, a lo largo de toda la temporada.

h) Informar sobre los acuerdos previos adoptados con otros clubes de acuerdo con lo previsto en el Reglamento General.

i) Haber inscrito a todos los equipos del club, según su respectiva categoría, en las competiciones oficiales de la RFEF, de la UEFA y de la FIFA.

j) Comprometerse a abonar según los plazos establecidos la cuota correspondiente a la licencia federada de club/equipo según la categoría en la que se participa cada equipo.
3. Son requisitos específicos de inscripción para la Primera Federación:

- Estar al corriente, en el momento de la inscripción, de la aportación de todos los datos de carácter económico financiero que se le han solicitado al club durante toda la temporada anterior.

- Haber depositado, en el momento de la inscripción, un aval bancario, una póliza de afianzamiento, o mediante transferencia bancaria en la RFEF, por un importe mínimo del 10% por ciento del cierre de los gastos auditados en la temporada anterior y, en todo caso, no inferior a 100.000 euros. Dicho aval, póliza o, en su caso, el depósito, estarán activos durante toda la temporada. El aval, póliza o en su caso depósito responderá de las obligaciones económicas que puedan corresponder al Club como consecuencia de su participación en la
Competición.

- Disponer de un terreno de juego de hierba natural para la disputa de todos los partidos oficiales.

- Disponer de iluminación suficiente (mínimo 600 luxes) para la disputa de un partido oficial en horario nocturno.

- Disponer de un estadio con una capacidad mínima de 4.000 espectadores y gradas perimetrales en todo el estadio, con una moratoria en este último caso hasta la temporada 2023/2024. En todo caso, se tendrán en cuenta posibles impedimentos urbanísticos o de configuración del espacio disponible.

- Comprometerse a disponer a lo largo de la temporada deportiva del número mínimo de 18 licencias profesionales exigidas.

- Presentar un presupuesto mínimo de 1.500.000 euros anuales para el equipo de la Primera Federación a partir de la Temporada 2023/2024 siempre que los ingresos por la cesión de los derechos de televisión sean de un mínimo de 500.000€ de media por equipo que los haya comercializado de forma conjunta y de 700.000€ en cualquier otra circunstancia y momento. El formato del presupuesto se adaptará al modelo establecido en la plataforma de apoyo económico y se presentará de forma telemática en dicha plataforma.

- Comprometerse a garantizar un salario mínimo de 35.000€ anuales con dedicación completa para todos los jugadores mayores de 23 años que dispongan de licencia profesional siempre que los ingresos por la cesión de los derechos de televisión sean de un mínimo de 500.000€ de media por equipo que los haya comercializado de forma conjunta, un salario mínimo de 28.000 euros anuales cuando el ingreso medio por equipo por la venta centralizada sea superior a los 350.000€ y de 20.000€ en cualquier otra circunstancia y momento.

Como requisito de inscripción en Primera Federación, si fuere el caso, los clubes deben haber depositado el aval o la cantidad correspondiente, antes de la inscripción en la competición, para aquellos que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Aquellos clubes que, en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta, al menos en dos ocasiones, como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por un importe acumulado inferior a los 100.000 euros deberán suscribir un aval por un importe mínimo de 125.000 euros.

b) Aquellos clubes que, en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por importe acumulado superior a los 100.000 euros deberán suscribir un aval por un importe mínimo de 200.000 euros.

c) Aquellos clubes que, en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por importe acumulado superior a los 200.000 euros deberán suscribir un aval por un importe mínimo de 300.000 euros.

d) Aquellos clubes que, en cualesquiera de las cinco temporadas inmediatamente anteriores hayan sido descendidos de categoría como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por la Comisión Mixta o por los órganos jurisdiccionales federativos y regresasen a dicha categoría deberán suscribir un aval por un importe mínimo de 400.000 euros, ello sin perjuicio del resto de obligaciones reglamentarias.

Los avales deberán ser entregados bajo el modelo y la forma que se determine mediante circular, en la fecha máxima fijada para la inscripción del club en la respectiva competición.

Los avales deberán tener una vigencia mínima de la totalidad de la temporada.

Cuando la deuda vencida, reconocida y firme se produjere iniciada la temporada, la obligación de prestar el aval correspondiente deberá hacerse efectiva dentro de los diez días siguientes a la notificación fehaciente de dicha obligación.

En el supuesto de no prestar el correspondiente aval dentro de dicho plazo, se acordarán las medidas:

a) No prestación de servicios federativos.

b) Prohibición de organizar y celebrar partidos o competiciones, así como de participar en ellos, salvo que sean de carácter oficial.

c) Prohibición de expedición y/o renovación de licencias de futbolistas, entrenadores/as o de cualesquiera otros técnicos.

d) Cualesquiera otras que no siendo contrarias a las disposiciones estatutarias o reglamentarias resulten adecuadas para el eficaz cumplimiento del acuerdo u obligación de que se trate.

La adopción, en su caso, de medidas de ejecución será sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria en que pudiera incurrir la persona física o jurídica obligada a cumplir la resolución dictada por lo que, en caso de no prestar estos avales, se iniciará el procedimiento disciplinario deportivo de exclusión de la competición que, en el supuesto de acordarse, tendrá vigencia a partir de la siguiente temporada.

Dichos avales son independientes, autónomos y cumulativos de cualquier otro aval que la RFEF pueda fijar, con carácter general y para todos los clubes, para la participación en alguna de las competiciones oficiales de
ámbito estatal.

La Junta Directiva de la RFEF determinará el modo y forma en que se cubrirán las vacantes que se produzcan por las causas del presente apartado.

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